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viernes, 21 de agosto de 2009

El Médico Notario


La prestación por Riesgo durante el Embarazo es una modalidad de subvención por suspensión del contrato de trabajo al no poder sustituir un trabajo de riesgo por otro que no lo sea dentro de la empresa. Para ello, los servicios médicos de la Mutua acreditan el riesgo que supone el trabajo para la gestante y la Seguridad Social tramita la subvención. Sin embargo, el primer trámite ¿cuál es?: que el médico de familia certifique la fecha probable de parto. El cálculo es bien sencillo, se suma 40 semanas a la fecha del primer día de la última regla. ¿Por qué no lo hacen en las Mutuas? ¿En los servicios médicos de las Mutuas o del INSS han olvidado las matemáticas básicas? Me imagino que no, sino que lo que quieren es que certifiquemos que está embarazada sin decirlo expresamente, por si se la cuelan. Si es así, además de ofensivo y ridículo, es una modalidad más de los múltiples ejemplos de certificados absurdos que nos adjudican nuestras inteligentes autoridades.

¿Y si el riesgo también existe en relación a la lactancia natural? Pues hay que hacer otro certificado en el que el médico de familia acredita la lactancia natural. Para acreditarlo sin riesgo de mentir, me imagino que me deberé ir a vivir con la pareja y observar cuidadosamente que la madre, delante de mí y dando fe como un notario, aplica regularmente sus pechos a la crianza del vástago y tras inspeccionar el domicilio, no haber encontrado rastro de ninguna caja de leche artificial susceptible de ser usada. Es decir, un trabajo entre policial y notarial.
¿Vivimos entre estupideces y nadie se atreve a decirlo como en el Traje del Emperador?

9 comentarios:

  1. El origen de la burocracia (acto administrativo de valor añadido igual a cero)en nuestras consultas es ancestral y multicausal. Pero la razón esencial por la que persiste y goza de tan buena salud es nuestra desprofesionalizacion, nuestra aceptación bovina, nuestra tolerancia y el pavor de una parte no desdeñable de nuestros colegas a que, vacías de papeles inútiles, nuestras consultas acojan pacientes a los que atender con responsabilidad y profesionalidad. No nos engañemos, nos guste o no, ese es el quid del problema.
    Y además, no es el rey del cuento, sino nosotros quienes vamos en cueros, por decirlo suave.

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  2. Yo creo que la solución la tenemos en bandeja: no firmar ni certificar nada que no podamos certificar.

    Supongo que lo peor que te puede pasar es que los pacientes que buscan un notario en vez de un médico se cambien a otro médico-notario, y entonces tú te quedes con pacientes enfermos de verdad (¿si es que existen? :-) ).

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  3. Buenos días Vicente... te voy a dar un disgusto y es que la burocratización de la burocratización es tal que, si revisas el artículo 39 del RD 295/2009 por el que se regula la prestación por riesgo para el embarazo NO DICE NADA DE LA FPP.
    Lo único que debe acreditar el Médico del Sº Público de Salud (que también puede ser el ginecólogo que lleva el embarazo) es que la trabajadora está embarazada.
    La FPP se utiliza para marcar el fin de la prestación, es decir, la utilizan para "valorar" cuánto les va a costar la trabajadora. Pero es un calculo estimativo... al fin y al cabo la prestación se suspende cuando comienza la prestación por maternidad.
    Cosas de las españas... te aseguro que completamente ajenas a los médicos de las mutuas (no soy uno de ellos pero por especialidad médica y currículo lo he sido).
    Saludicos,

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  4. Miguel Ángel: utilizo un tono irónico y me imagino que en las Mutuas hacen lo que les piden. La segunda imagen es una parte del modelo oficial de la SS para gestionar la prestación y ahí también pone la FPP. Entre unos y otros, en mi opinión, estamos perdiendo el tiempo y el sentido.

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  5. A mi lo que más me cuesta es que las mutuas reconozcan que el trabajo es de riesgo para la embarazada, y así me he visto en varias situaciones en que la paciente parece una pelota de ping-pong entre las mutuas y mi consulta,nota va nota viene, y mientras tanto la embarazada en IT común por que no hay otra. Hasta que la mutua accede hacer la tramitación. He tenido que hacer un texto modelo para enviar a las mutuas y no perder tanto tiempo. Hasta donde llegaremos con la burocracia. Toni tienes toda la razón. Saludos María José

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  6. Siempre que leo algo de notarios, pienso en "el luisma":

    http://www.youtube.com/watch?v=uu60AYoeIrI

    doy fe!

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  7. Personalmente.
    Si me piden un certificado de algo que no puedo acreditar no lo hago.
    ¿Cómo podemos acreditar la lactancia materna? NO podemos. Es de gilipollas solicitar dicho certificado.
    Se podría "certificar" de la siguiente manera: "según me informa la propia paciente, ...", o bien, "no puedo certificar al go de lo que no soy testigo ...", pero para eso, lo mejor es directmente no perder el tiempo.

    Es como si la Guardia Civil nos solicita al atender a un accidentado que "certifiquemos" si conducía un coche sin seguro o si se saltó un stop.

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  8. ¿No se puede acreditar la lactancia materna, ni siquiera explorando los pechos de la sospechosa, que en el caso de estar dando lactancia activa muestra indicos evidentes?

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