sábado, 30 de noviembre de 2013

Regular la Nada Homeopática

La gran dilución
Foto de Vicente Baos
Aviso
Este tema genera controversia, no porque la mayoría de las personas con formación científica no se crea y rechaze la Homeopatía, sino porque personas con formación científica y titulaciones en Medicina practican esta terapia desarrollada a finales del siglo XVIII, en la era de la Medicina precientífica, y sigan creyendo que vale para algo más que para ser un caro placebo. Lo siento por ellos. 

España tiene pendiente la homologación de la directiva europea 2001/83/CE para la regulación de los medicamentos de uso humano, con un apartado específico para los "medicamentos" homeopáticos. En España, 19.000, nada menos que 19.000 remedios homeopáticos están en España en un limbo legal. Para ordenarlo, el Ministerio ha hecho público el borrador que establece el mecanismo de evaluación y autorización. En 2008 se intentó realizar dicha regulación, pero el pago de tasas que suponía hizo que la industria fabricante presionara para su paralización. Con este nuevo borrador, la industria homeopática se verá favorecida, dado que pagarán unas tasas, no sobre cada producto sometido a diversas diluciones y agitaciones, sino por toda la cepa homeopática en su conjunto, ahorrándose una gran cantidad de dinero.
Lo curioso, y a la vez patético, es que se comercialicen remedios homeopáticos "sin indicación terapéutica", como diría un dicho popular: vale para todo y para nada. Para estas sustancias "sin indicación terapéutica", la aprobación se produce de forma rápida, con pocos requisitos:
- Que su vía de administración sea oral o externa, entendiendo por uso externo el uso cutáneo principalmente.
- Que no contenga más de una parte por 10.000 de tintura madre ni más de una centésima parte de la dosis más baja que eventualmente se emplee en medicina alopática de aquellos principios activos cuya presencia en un medicamento alopático implique la obligatoriedad de presentar receta médica.
- Que no contengan algún componente “nosodes”
Cuando reivindiquen indicación terapéutica, como hace uno de los principales fabricantes de Españadeberán seguir los mismos mecanismos que en la aprobación de un fármaco. 
La propia AEMPS reconoce que:
Por encima de controversias y rechazo por parte del colectivo científico, los medicamentos referidos tienen la condición de homeopáticos reconocida en la legislación y es deseable acabar con la situación transitoria en la que se encuentra....
....el procedimiento para la autorización de los medicamentos homeopáticos con indicación terapéutica aprobada o que no pueden acogerse al registro simplificado anterior (uso inyectable, baja dilución de un principio activo con actividad farmacológica, etcétera). En este caso, los medicamentos deben cumplir los requisitos exigidos habitualmente a los medicamentos, esto es demostración de calidad, seguridad y eficacia.
Cuando lleguemos a la demostración de su eficacia, vamos a ver como se mide. La calidad se le supone, la seguridad se da por hecha si la composición acuosa diluida y agitada es la que dicen. 
Siguiendo las evidencias conocidas y los informes conocidos, la eficacia superior al placebo está por demostrar. En 2007, el Congreso de los Diputados encargó un informe sobre las terapias alternativas donde se concluyó la ausencia de evidencia científica que apoyara esta terapia. El Parlamento británico encargó un documento similar en 2010 con unas conclusiones demoledoras para un país que tenía "hospitales homeopáticos" dentro de la estructura del National Health Service.

¡Cuánto tiempo y energía para desmontar una terapia basada en premisas precientíficas y consideraciones filosóficas extravagantes!
Regular la Nada Terapéutica es una de las contradicciones de nuestro tiempo: avances tecnológicos y persistencia de creencias basadas en las construcciones culturales humanas más disparatadas.