viernes, 24 de octubre de 2008

Tienes que estar "muy bien vacunado" para vivir en EEUU

A través de Pharmacritique conocemos las vacunas que el solicitante de residencia permanente debe tener para que le autoricen a vivir en EEUU.
Por supuesto las nuevas vacunas están incluidas, y son obligatorias.

En España, la Ley de Extranjería no marca ningún requisito sanitario.
¿Habría que cambiar algo?

5 comentarios:

  1. Vicente: notable lo que piden a los extranjeros en USA. Sin embargo viviendo alla pude ver en ciudades como Houston que tan solo el 40% de la poblacion infantil estaba vacunada para sarampion. Cuestiones del imperio? Si antes no cuidaron a su gente....que pasara hoy con la debacle economica que esta dejando a miles sin cobertura medica, o sin comprar sus medicamentos. Hay un par de articulos muy buenos en el NYT de estos dias, aunque todos los dias en la seccion salud del NYT se esta hablando del impacto de la crisis en salud.Y en Europa como andamos? Un gran abrazo.

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  2. Saludos Rubén.
    En España la vacunación es gratuita y universal para las personas que atiende el sistema público de salud. Un extranjero solo tiene que registrarse en el Ayuntamiento para obtener una tarjeta sanitaria y obtener todos los servicios, desde la consulta hasta el trasplante, si necesitara. La crisis de financiación la están "arreglando" privatizando los servicios. Es decir, no trabajar para el Estado sino para una empresa que tiene la concesión (nuevos Hospitales en Madrid) que ya se encargará de reducir costes. Es un tema complejo que te he resumido.
    Un cordial saludo

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  3. A decir verdad me quedo mas preocupado con este asunto de privatizar. Se que es tema de otro topico, pero las experiencias en salud no han sido buenas con la salud en manos privadas. Que como es natural, el fin que persiguen es el lucro. Supongo entonces que los costes seran reducidos en personal, atencion primaria, prevencion....un camino que conocemos bastante bien en America Latina. Como siempre excelente tu blog. Un abrazo desde el sur del continente americano.

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  4. Acertaste Rubén. A la población directamente no le quitan nada, no se atreven a decirlo, pero detrás de la "externalización" está el recorte mediante el egoísmo: Si tú recortas gastos yo te incentivo y te puedo pagar más, sería el lema de la gestión "privada". Al final, son los pacientes los que pierden.

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  5. Mensaje enviado por Toni Bayón

    Es cierto que la Ley de Extranjería no establece requisitos sanitarios para obtener el permiso de residencia en España. Pero como dijo hace un siglo el conde de Romanones, ya entoncs zorro viejo de la política:
    - Hagan ustedes la ley y déjenme a mí el reglamento.
    Y es precisamente el Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social , artículos 9 y sucesivos, el que sí los establece:
    Cuando así lo determine el Ministerio del Interior, de acuerdo con los Ministerios de Sanidad y Consumo y de Trabajo y Asuntos Sociales, todas aquellas personas que pretendan entrar en territorio español deberán presentar en los puestos fronterizos un certificado sanitario expedido en el país de procedencia por los servicios médicos que designe la misión diplomática u oficina consular española, o someterse a su llegada, en la frontera, a un reconocimiento médico por parte de los servicios sanitarios españoles competentes, para acreditar que no padecen ninguna de las enfermedades susceptibles de cuarentena previstas en el Reglamento sanitario internacional, así como en los compromisos internacionales sobre la materia suscritos por España, sin perjuicio de lo que se disponga, al efecto, por la normativa de la Unión Europea.
    El Reglamento Sanitario Internacional, adoptado en la 58ª Asamblea Mundial de Salud de 23 de mayo de 2005, de la Organización Mundial de la Salud , mantiene como enfermedades cuarentenables cólera, peste y fiebre amarilla. Además, su anexo 2 y la resolución 59.2 de 26 de mayo de 2006 de la propia Asamblea contemplan otras de especial relevancia como: viruela, poliomielitis por poliovirus salvaje, gripe humana causada por un nuevo subtipo de virus, gripe aviar, síndrome respiratorio agudo severo, fiebres hemorrágicas virales de Ébola, de Lassa, o de Marburgo, fiebre del Nilo Occidental, dengue, fiebre del Valle del Rift y enfermedad meningocócica.
    En una aplicación absurda de este contenido ya difícilmente sostenible, para obtener o incluso renovar su permiso de residencia ante algunas Oficinas de Extranjería como la de Valencia, los inmigrantes deben presentar un certificado médico acreditando que no padecen ninguna de estas enfermedades.
    Es más que dudoso el valor sanitario que tenga un certificado extendido en origen, para asegurar que alguien no padecerá ninguna de estas enfermedades de curso agudo, cuando entre en territorio español meses después.
    Pero el requisito alcanza su máximo absurdo, cuando es exigido a los inmigrantes después de permanecer en España durante meses o años sin interrupción.
    Por contra, turistas nacionales e internacionales, trabajadores humanitarios y cooperantes, hombres de negocios y cualquier otra persona entra en España procedente de zonas donde éstas enfermedades efectivamente existen, presentando tan sólo un pasaporte español o de cualquier otro país "del norte".
    Como dato anecdótico. Los médicos de familia son quienes habitualmente cumplimentan este certificado y hasta la fecha los intentos de algunas personas individuales y organizaciones, para que se elimine este requisito que cumple todos los criterios de la burocracia, han sido desoídos por la Oficina de Extranjería de la Subdelegación del Gobierno.

    Saludos,
    Toni Bayón
    Valencia

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